Está claro que el tema sobre el cultivo del cannabis aún despierta muchas dudas, por lo que en este artículo nos hemos encargado de cubrir los distintos aspectos legales sobre plantar cannabis en casa, como es el caso de las semillas gorilla glue, asegurándonos así de que cuentes con toda la información que puedas necesitar al respecto.
Cuando hablamos del cultivo del cannabis en España, uno de los aspectos más importantes que debes de tener en cuenta están relacionados a la despenalización del consumo y el cultivo de la marihuana. Lo cierto es que, aunque se ha avanzado mucho en este tema, aún hay varios vacíos que pueden llegar a ocasionar confusión y problemas en su interpretación.
En realidad, uno de los pasajes más controvertidos que podemos destacar en la lucha por la legalización de la marihuana se encuentra en la Ley de Seguridad Ciudadana, específicamente en el artículo 36, en su párrafo 18. Aquí se menciona que “sólo se sancionará el cultivo del cannabis en los lugares que estén visibles al público”.
Ley de Seguridad Ciudadana del 2015
Debemos de tener en cuenta que la Ley de Seguridad Ciudadana es un tanto cuestionable y polémica, por lo que está claro que ha despertado más de un debate. Por otro lado, esta también se ha sometido a algunas modificaciones bastante destacables que debemos de tener en cuenta.
La realidad es que la ley no nos sitúa cerca de la despenalización. Como hemos mencionado, en el artículo 36, párrafo 18, nos menciona que “la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícito de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en lugares que sean visibles al público, no constitutivos de delito”.
Como podemos ver, se trata de un enunciado que en realidad no es muy preciso de cara a los consumidores. En realidad, lo único que se puede entender de este fragmento de ley en relación al artículo 368 del Código Penal es que cultivar marihuana aún es un delito, excepto en los casos en los que se realice en lugares privados, a puerta cerrada y destinado para el consumo propio. Como nos menciona, “no debe ser en lugares que sean visibles para el público”.
De esta forma, entonces podemos deducir que todas las personas que cultivan marihuana en lugares que no sean públicos no estarán sancionados por la ley cuando sea para su propio consumo.
Sin embargo, debemos de tener en cuenta que este tipo de medidas también permite que las asociaciones de cannabis y clubes sociales de cannabis puedan cultivar para llevar un uso controlado. Pero debemos de tener en cuenta que la ley deja lugares a más dudas, por lo que aún no hay una gran seguridad jurídica en el caso de los consumidores de cannabis.
En pocas palabras, la legalización aún no se puede dar por culminada, ya que aún quedan algunos huecos legales que se deben de tener en cuenta, aunque lo cierto es que el artículo 36 si ha sido una buena representación de la protección de las sociedades del cannabis y de los consumidores.